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PREÁMBULO

Los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (en adelante los Estados)

RECONOCIENDO que los derechos de los pueblos indígenas constituyen un aspecto fundamental y de trascendencia histórica para el presente y el futuro de las Américas;

RECONOCIENDO, asimismo, la importancia que tiene para la humanidad la preservación de las culturas indígenas americanas;

1. Los pueblos indígenas y el fortalecimiento nacional

Reconociendo que los pueblos indígenas son sociedades originarias que forman parte integral de las Américas y que sus valores y culturas están vinculados indisolublemente a la identidad de los países que habitan y de la región en su conjunto.

Conscientes que los pueblos indígenas de las Américas desempeñan una función especial en el fortalecimiento de las instituciones del Estado y en el logro de la unidad nacional basada en principios democráticos.

Recordando que algunas de las concepciones e instituciones democráticas consagradas en las constituciones de los Estados Americanos tienen origen en instituciones de los pueblos indígenas, y que muchos de sus actuales sistemas participativos de decisión y de autoridad contribuyen al perfeccionamiento de las democracias en las Américas.

Teniendo en cuenta la riqueza y diversidad cultural de los pueblos indígenas de las Américas, la variedad de situaciones nacionales y el distinto grado de presencia indígena en los Estados.

Recordando la necesidad de desarrollar y fortalecer marcos jurídicos y políticas nacionales para respetar la diversidad cultural de nuestras sociedades.

2. La erradicación de la pobreza

Reconociendo que la erradicación de la pobreza constituye una responsabilidad común y compartida de los Estados, y preocupados por el severo empobrecimiento y vulnerabilidad de los pueblos indígenas en diversas regiones del Hemisferio.

Reiterando que la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece como uno de sus propósitos esenciales la erradicación de la pobreza crítica, señalando que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del hemisferio.

Teniendo presente la importancia que la Carta Democrática Interamericana otorga a la relación entre democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza.

Recordando los compromisos asumidos por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Tercera Cumbre de las Américas con respecto a los pueblos indígenas sobre la necesidad de adoptar medidas especiales para que dichos pueblos alcancen su pleno potencial, y la importancia de su inclusión para el fortalecimiento de nuestras democracias y economías.

Reafirmando el derecho de los pueblos indígenas a desarrollarse de acuerdo a sus propias tradiciones, necesidades e intereses.

3. La cultura indígena y la ecología


Reconociendo el respeto que los pueblos indígenas de las Américas rinden al medio ambiente y la ecología.

Reconociendo, asimismo, el valor de las culturas, conocimientos y prácticas de los pueblos indígenas para mantener un desarrollo sustentable y para vivir en armonía con la naturaleza.

4. Tierras, territorios y recursos


Reconociendo la especial relación que los pueblos indígenas mantienen con sus tierras, territorios y recursos.

Reconociendo que para los pueblos indígenas sus formas tradicionales colectivas de propiedad y uso de tierras, territorios, recursos, aguas y zonas costeras, son condición necesaria para su supervivencia, organización social, desarrollo, espiritualidad, bienestar individual y colectivo.

5. La convivencia, el respeto y la no discriminación


Considerando la importancia de eliminar las distintas formas de discriminación de hecho y de derecho que aun afectan a los pueblos indígenas

Teniendo en cuenta la responsabilidad de los Estados para combatir la discriminación racial, étnica, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia.

6. Los instrumentos de derechos humanos y otros avances jurídicos

Reiterando la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la comunidad internacional;

Teniendo presente los avances logrados en el ámbito internacional en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, y en particular, el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes (Convenio No.169) de la Organización Internacional del Trabajo.

Recordando la importancia que la Carta Democrática Interamericana asigna a la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas, y al respeto a la diversidad étnica y cultural en las Américas.

Considerando los progresos nacionales constitucionales, legislativos y jurisprudenciales alcanzados en las Américas para garantizar, promover y proteger los derechos e instituciones de los pueblos indígenas, así como la voluntad política de los Estados de seguir avanzando en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas de las Américas.


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